Close

JCE utilizará datos del censo 2010 para determinar candidaturas en elecciones 2024

La Junta Central Electoral (JCE) ha anunciado que utilizará los datos del censo de población realizado en la República Dominicana en 2010 para definir las candidaturas plurinominales en las elecciones de 2024. Esta decisión ha sido oficializada mediante una resolución pendiente de dictarse. Los cargos que se eligen por demarcaciones territoriales, como regidores, diputados y vocales de distritos municipales, seguirán basándose en esta información poblacional.

El censo de 2010 arrojó una población dominicana de 9,445,281 habitantes. Al mantener el uso de estos datos, se espera que los cargos que dependen de una cantidad específica de habitantes se mantengan invariables, tal como ha ocurrido en comicios anteriores. Esto afecta a los candidatos a regidores, diputados y vocales de distritos municipales.

El artículo 81 de la Constitución establece que 178 diputados son elegidos por circunscripción territorial en representación del Distrito Nacional y las provincias, distribuidos de acuerdo con la densidad poblacional, sin que en ningún caso sean menos de dos representantes por provincia. Por otro lado, el párrafo II del artículo 201 de la Carta Magna dispone que el número de regidores y sus suplentes será determinado en proporción al número de habitantes, sin que en ningún caso sean menos de cinco para el Distrito Nacional y los municipios, ni menos de tres para los distritos municipales.

La ley 20-23 establece que las circunscripciones electorales se basarán en divisiones en sectores, secciones y parajes que determine la JCE, asignando la cantidad de diputados y regidores según el número de habitantes. Específicamente, se eligen dos diputados para el Distrito Nacional y dos para cada provincia, y los cargos restantes se distribuyen de manera proporcional según la densidad poblacional de cada demarcación, basándose en los resultados oficiales del último censo de población y vivienda realizado. A la fecha de esta noticia, los resultados del Décimo Censo Nacional de Población, realizado en 2022, aún no han sido divulgados.

Es importante mencionar que tanto los cargos plurinominales como los uninominales deberán ser elegidos de manera independiente en las elecciones de 2024. El artículo 96 de la ley 20-23 establece siete niveles de elección, aquellos que contienen candidaturas indivisibles o no fraccionables en sí mismas, incluyendo el presidencial, senatorial, de diputaciones, de alcaldías, de regidurías, de directores de distritos municipales y de vocalías. Los diputados, regidores y vocales de distritos municipales se eligen mediante el voto preferencial, donde los ciudadanos eligen directamente al candidato del partido de su preferencia. Anteriormente, se utilizaba el voto de arrastre de los candidatos a senadores y alcaldes, pero esto cambió por disposición de la ley 157-13, que instituyó el voto preferencial.

scroll to top