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Postura polémica: Juez del Tribunal Constitucional discrepa con la sentencia sobre el trabajo doméstico

Según la sentencia íntegra TC/0402/23, publicada el 28 de junio en la página web del tribunal, el magistrado Lino Vásquez Sámuel presentó un voto salvado en la decisión que declaró inconstitucional la Resolución 14-2022, la cual regula el trabajo doméstico en el país. Aunque el magistrado concuerda con el razonamiento mayoritario del fallo, considera que el tribunal debió optar por una sentencia exhortativa que otorgara un plazo razonable al Congreso Nacional para que modifique y ajuste las disposiciones del Código de Trabajo relacionadas con el trabajo doméstico.

Vásquez Sámuel sugiere que, en dicho plazo de entrada en vigencia de la inconstitucionalidad declarada, se prevean medidas para evitar que los efectos de la contratación de trabajadoras y trabajadores domésticos bajo la mencionada resolución queden en un estado de incertidumbre o invalidez total debido a su anulación inmediata.

El magistrado observa que, aunque hasta la fecha de la sentencia el número de contratos de trabajo doméstico registrados en el Ministerio de Trabajo era limitado, la decisión tiene un impacto amplio en esta área laboral.

El Tribunal Constitucional acogió una acción de inconstitucionalidad presentada por Luis Vilchez Bournigal en diciembre de 2022 contra la resolución emitida en agosto del mismo año por el Ministerio de Trabajo, la cual establece por primera vez regulaciones sobre el trabajo doméstico, incluyendo contratos, jornadas, salarios, vacaciones e inclusión en la Seguridad Social, entre otros aspectos largamente demandados por los sindicatos.

A pesar de que la resolución estaba en vigor y respaldaba un registro en curso de trabajadores con fines de la Seguridad Social, el tribunal la declaró “no conforme con la Constitución”.

El objetivo de una sentencia exhortativa es asegurar que, después de pronunciar una decisión que declara la inconstitucionalidad de una norma, se tomen medidas para que el órgano legislativo, en un plazo razonable a partir de la notificación de la sentencia, legisle sobre el objeto de la norma o sobre los aspectos afectados por la inconstitucionalidad declarada.

Vásquez Sámuel señala que la solución adoptada por el Tribunal Constitucional tendrá un impacto inmediato en las condiciones previstas por la resolución en cuestión, afectando la regulación de aspectos como las jornadas de trabajo, las vacaciones, las formas de pago y los contratos, así como las regulaciones especiales del trabajo doméstico.

Según las estadísticas compiladas por el Banco Central de la República Dominicana, en el primer trimestre de 2023 había 239,718 empleos en el sector del servicio doméstico en el país. De ese total, el 95% pertenece a la economía informal y no está cubierto por la Seguridad Social. Además, el empleo en el servicio doméstico durante ese período era en un 92% ocupado por mujeres.

Aunque el Ministerio de Trabajo anunció que estudiaría la sentencia y emitiría su postura una vez que se publicara íntegramente, hasta ahora no ha sido divulgada.

Sin embargo, en la página web de la Tesorería de la Seguridad Social, donde se publica el conteo estadístico del registro de los trabajadores domésticos para su formalización, la información está actualizada hasta el 28 de junio, fecha de la sentencia. Hasta ese momento, solo se habían registrado 765 trabajadores, de los cuales 571 habían completado su contrato.

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